Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 016/2011-RCA
Fecha: 31-Ene-2011
I.2.
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la “igualdad ante la Ley”, al trabajo, “a la industria al comercio” y a la propiedad y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 23.I, 14, 46, 47, 56, 117, 119 de la Constitución Política del Estado (CPE).