AUTO CONSTITUCIONAL 020/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 020/2011-RCA

Fecha: 31-Ene-2011

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 12 de mayo de 2009, cursante de fs. 108 a 112, el accionante señala que, dentro del proceso penal iniciado por el Fondo de Desarrollo Campesino contra Hugo Lozano Simón y otros, en su condición de procesado planteó extinción de la acción por prescripción del tiempo ante el “Juez Segundo de Partido en lo Penal y Liquidador”, autoridad que por Resolución 124/2006 de 1 de agosto, declaró improcedente su demanda, la misma que fue apelada y que radicó en la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, la cual pronunció el Auto de Vista 87/2008 de 14 de julio, declarando improcedentes los fundamentos de su apelación.