AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2011-RCA

Fecha: 28-Oct-2011

“deniega”

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 155/2011 de 30 abril de 2011, cursante de fs. 123 a 124 y vta., “deniega” la acción, puesto que ha incumplido con los requisitos de contenido previstos en el art. 97.III y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), además que su petitorio no se enmarca dentro de la naturaleza jurídica de la acción de tutela, que no es una instancia más a la que pueden acudir las partes dentro del proceso ordinario.

Posteriormente, se notificó con la Resolución que deniega, el 4 de mayo de 2011; encontrándose dentro del plazo previsto por el AC 0107/2006-RCA de 7 de abril; en consecuencia, el accionante mediante memorial cursante de fs. 127 a 131 vta., presentó la impugnación respectiva el 9 del mismo mes y año.