Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1490/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.4.
II.4. El accionante, pertenecía al grupo de la promoción de 1978, conforme consta de fs. 5 a 6 del expediente, a su vez por Resolución Administrativa (RA) 0279/07 de 20 de abril de 2007, el Comando General conjuntamente la Dirección Nacional de Personal -ambos de la Policía Boliviana Nacional-, reconocieron dos años de antigüedad al accionante por haber obtenido el Título en Provisión Nacional como Abogado. (fs. 56 a 57).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de los funcionarios policiales
- “procedente”
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.I. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria y los supuestos que posibilitan su análisis
- III.2. El principio de legalidad en la nueva configuración constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR