SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1510/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante indica que, dentro del proceso concursal voluntario de acreedores que instauró, el Juez Quinto de Partido en lo Civil, mediante Resolución 78/08, anuló obrados hasta la admisión de la demanda inclusive; interpuesto el recurso de apelación contra la referida Resolución, fundamentó tres puntos como expresión de agravios, empero, en grado de apelación, los Vocales de Sala Civil Segunda ahora demandados, emitieron el Auto de Vista 197/09, anulando el Auto de concesión de dicho recurso y confirmando la Resolución impugnada, sin la motivación y fundamentación necesaria, omitiendo el pronunciamiento respecto a la expresión de agravios, conforme prevé el art. 236 del CPC e indicando simplemente que la apelación carece de expresión de agravios, situación que imposibilitaría la apertura de su competencia. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen vulneraciones que afecten a los derechos invocados, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre el recurso de apelación, principios de congruencia y pertinencia
- III.2. Sobre el debido proceso
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR