SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1556/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
ii)
ii) En relación al segundo requisito, referido a la existencia de absoluto estado de indefensión; es decir, que los representados del accionante no tuvieron la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién conocieron del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad. Al respecto es posible afirmar, que este requisito tampoco concurre en la problemática planteada, porque no asisten los presupuestos mínimos para establecer que hubiera existido absoluto estado de indefensión, al contrario, de los datos del proceso, se establece que los representados del accionante hicieron uso de todos los recursos y medios a su alcance, pues no sólo plantearon la excepción de prejudicialidad, sino también solicitaron suspensión de audiencias, apelaron la decisión que dispuso se emitan los mandamientos de aprehensión, recurso que fue rechazado según la propia manifestación del accionante, con lo que se acredita plenamente que no existió indefensión absoluta; otra situación es que teniendo a su alcance el recurso de apelación incidental respecto al Auto de 2 de octubre de 2010, no se hizo uso del mismo.
Por lo tanto, no concurren ninguno de los dos requisitos necesarios para revisar los actos denunciados mediante la vía de la acción de libertad, pues los denunciados, conforme a la jurisprudencia contenida en el Fundamento Jurídico III.1, debieron ser reclamados por la vía de la acción de amparo constitucional, previo agotamiento de los medios ordinarios de defensa.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción;
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- APROBAR