Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1592/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
El 12 de abril de 2009, ingresaron al inmueble de su propiedad unos loteadores, armados con machetes; palos y otros objetos contundentes, a la cabeza de Margarita Aroni Justiniano e Ismael Rubén Rojas Velásquez, estos destrozaron unas precarias viviendas, perforando la pared de un costado de la barda e ingresaron por el mismo y procedieron a instalarse en el inmueble además, rompieron la reja de ingreso que protegía el lote de terreno y amedrentaron y amenazaron a sus tolerados -cuidadores-, lo que le causó un enorme perjuicio económico por el valor del terreno y el costo de mantenimiento. Cuando quiso ingresar a su inmueble lo amenazaron de muerte.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho y la acción de amparo constitucional
- requisitos para considerar la situación como medida de hecho y hacer abstracción de las exigencias procesales
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR