SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1624/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2009, cursante de fs. 16 a 18 vta., la accionante manifiesta que, es propietaria de la wisquería “Las Sirenitas”, con licencia de funcionamiento 867/2008 de 7 de mayo, ubicada a dos kilómetros de Shinahota. Ante la vigencia de la Ordenanza Municipal 33/09 de 18 de junio de 2009, se apersonó a la Agencia Cantonal de Shinahota, para renovar la licencia de su establecimiento, acompañando la documentación requerida; empero, el 16 de octubre de 2009, el Agente Cantonal, ahora demandado, emitió la Resolución Técnica Administrativa (RTA) 25/2009 de 16 de octubre, disponiendo la clausura definitiva de su local, expresando infracciones a la indicada Ordenanza, por encontrarse en área restringida, habiendo impugnado la Resolución en la instancia correspondiente, pues dicho funcionario no tiene facultades para dictar resoluciones disponiendo clausuras de establecimientos comerciales, sino “el Gobierno Municipal de Tiraque”.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el accionante haya consentido de manera libre y expresa el presunto acto ilegal o indebido que lesionó sus derechos fundamentales y garantías constitucionales
- SC 0825/2010-R
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR