Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1709/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
I.1.3. Petitorio
De acuerdo a lo expuesto, solicita se conceda el amparo, y se “ordene le restablezcan el uso, goce y disfrute de las tierras de su propiedad, disponiendo la desocupación con el respectivo lanzamiento y/o desapoderamiento de los demandados y cuanto sujeto se halle detentando los predios de su propiedad y de ser necesario sea con el auxilio de la fuerza pública y se los procese por la vía penal, se disponga la respectiva custodia policial de las tierras de su propiedad, por el tiempo que sea necesario.
- acción
- I.1.1.Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional y la excepción al mismo
- III.2. Alcances y requisitos para conceder la tutela ante medidas de hecho
- III.3.1. El derecho a la propiedad privada en la Constitución Política del Estado
- III.3.2.
- APROBAR