Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1709/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Mediante Ley 003 de 13 de febrero de 2010, fueron designados los nuevos Magistrados, a quienes por Ley 040 de 1 de septiembre de 2010 se les amplia el mandato para conocer causas presentadas a partir del 7 de febrero del año 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación de sorteo de causas.
- acción
- I.1.1.Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional y la excepción al mismo
- III.2. Alcances y requisitos para conceder la tutela ante medidas de hecho
- III.3.1. El derecho a la propiedad privada en la Constitución Política del Estado
- III.3.2.
- APROBAR