SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

A LA BREVEDAD POSIBLE

Habiendo sido detenido preventivamente, mediante Resolución de 26 de marzo de 2009, en el centro de rehabilitación “San Sebastián Varones” de Cochabamba, el 24 de agosto de 2010, solicitó audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva, misma que fuera señalada por la autoridad demandada para el 10 de septiembre de igual año, ocasión en la que fueron vulnerados varios principios fundamentales, entre ellos el de continuidad y oralidad, inobservándose el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), referido a la falta de fundamentación; en tal sentido, mediante memorial de 11 del mismo mes y año, apeló la resolución emitida que por Auto de 8 de octubre de 2010, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, fue anulada, ordenándose una nueva audiencia “A LA BREVEDAD POSIBLE” (sic).

Agrega que, de manera simultánea, nuevamente por escrito de 25 de septiembre de 2010, pidió audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva, habiendo, la Jueza de la causa, rechazado la solicitud, indicando que, al encontrarse en apelación la resolución de rechazo de la cesación de detención preventiva, “estese a decreto de remisión de cuaderno de control jurisdiccional” (sic), providencia ante la cual, interpuso recurso de reposición argumentando que, la autoridad demandada incumplió con el precepto contenido en el art. 251 del CPP, habiendo la demandada, de manera ilegal, decretado traslado a la autoridad Fiscal y al acusador particular.