Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1835/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
I.2.1. Ampliación de la acción
El accionante ratificó íntegramente los términos de la acción y ampliándola señaló que, el recurso de apelación interpuesto se convirtió en irrisorio porque no se resolvió en el plazo establecido en la ley, además que dicha situación le perjudica aún más porque de acuerdo a la ley 007 de 18 de mayo de 2010, procede la cesación de la detención preventiva cuando no existe acusación formal, y en su caso, ahora ya se presentó la acusación, por lo que este hecho puede ser utilizado como fundamento por el Tribunal de apelación para que le nieguen la cesación a su detención preventiva.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0337/2010-R
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- SC 0465/2010-R
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR