Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1838/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
a)
El abogado del accionante en audiencia señaló: a) Presentó un memorial solicitando al Juez suspensión de la audiencia, para garantizar su defensa técnica en el incidente; empero, en la audiencia celebrada se ordenó se expida mandamiento de aprehensión, entregado de inmediato a la querellante, con el cual se suscitaron actos de persecución y hostigamiento, pues acudió a su domicilio para de intimidarle; y b) La aprehensión sólo procede cuando existe flagrancia o se haya declarado rebeldía.