SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1859/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1859/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

detención ilegal o indebida

El accionante, en los fundamentos de su demanda, asevera haber sido aprehendido en merito a un mandamiento librado sin las formalidades inherentes, por la ahora autoridad demandada y detenido por un funcionario policial, sin haberle hecho conocer sus derechos constitucionales; en consecuencia solicitó confusamente disponer su libertad inmediata y la nulidad de obrados en el proceso; en ese contexto, de la revisión de los actuados pertinentes, dentro el proceso penal seguido  por el Ministerio Público a querella de Diony Mamani Fresco contra Zacarías Martín Flores Choque, las Resoluciones que determinaron la disposición de librar mandamiento de aprensión contra el ahora accionante, fueron determinadas por autoridad competente, en el caso concreto por un Tribunal debidamente constituido; ahora bien, siendo imperante referirse a la supuesta vulneración del derecho a la libertad del accionante, en vista de la naturaleza de la acción que se revisa, efectivamente se constato la ejecución del mandamiento de aprehensión librado por el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Oruro contra el imputado Zacarías Martín Flores Choque tal cual se advierte de los antecedentes glosados pues, éste fue ejecutado por un funcionario policial, el 8 de diciembre de 2010 (fs. 184), que en los hechos no se constituye en sujeto pasivo en la presente acción, puesto que la misma se encuentra dirigida únicamente contra el Presidente del ya citado Tribunal de Sentencia; en ese contexto, en observancia a lo establecido en los Fundamentos Jurídicos III.1, la presente sentencia debió ser dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que supuestamente atentó contra el derecho a la libertad del accionante ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegal o indebida; en el caso en cuestión, a la autoridad que directamente incurrió en los actos u omisiones denunciados, que derivaron en una supuesta aprehensión o detención ilegal o indebida, pues lo contrario implica falta de legitimación pasiva en la acción; es decir, en la no coincidencia o correspondencia entre la persona, autoridad o funcionario contra quien se interpuso la acción de defensa de derechos fundamentales, con quien efectivamente causó la supuesta lesión a derechos que se denuncia y que motiva la interposición de la misma, lo que determina que no es viable, en este caso otorgar la tutela solicita, impidiendo a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.