SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1876/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
se presenten en forma concurrente
En consecuencia, la acción de libertad, al igual que resguarda el derecho a la vida, el derecho a la libertad física o personal, el derecho a la libertad de locomoción en aquellos casos en los que está vinculado directamente con la libertad física o personal, o con el derecho a la vida, de igual forma tutela el debido proceso, y cuando éste es demandado por lesión a la libertad personal, el ámbito de protección de la acción de libertad se abre siempre y cuando se presenten en forma concurrente los dos supuestos reconocidos por la jurisprudencia constitucional, esto es, en los casos de indefensión absoluta y manifiesta y que dichos actos sean la causa directa de la privación, o restricción a la libertad física.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- a)
- sólo se puede tutelar la garantía del debido proceso cuando el acto lesivo sea la causa directa para la restricción del derecho a la libertad y exista estado absoluto de indefensión;
- se presenten en forma concurrente
- III.2. Análisis del caso concreto
- la indefensión absoluta y manifiesta
- APROBAR