SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1882/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Encontrándose su defendido procesado a causa de la sustracción de objetos, los cuales fueron recuperados en forma inmediata por la Policía y consecuentemente devueltos a las víctimas; con el fin de resolver su situación jurídica, mediante memorial de 14 de julio de 2010, se sometió al procedimiento abreviado, a cuyo efecto el representante del Ministerio Público, presentó requerimiento conclusivo en ese sentido, el 5 de noviembre del citado año, habiéndose fijado la correspondiente audiencia de juicio oral, suspendida por falta de notificación a las víctimas, extremo que le sorprendió dado que en la “cesación” de Ernesto “Rossel Michel”, la diligencia respectiva se llevó a cabo de forma normal, al contrario de su situación; sin embargo, el representante del Ministerio Público se ofreció a coadyuvar para la notificación de las víctimas.
Después de un tiempo, al no existir nuevo señalamiento de audiencia, pidió se determine nuevo día y hora para su celebración, procediendo la autoridad jurisdiccional establecerla para el 16 de diciembre de ese año, a horas 16:00; empero, en la fecha mencionada, a pesar de la notificación pertinente del representante del Ministerio Público no se hizo presente y la autoridad jurisdiccional, al no haber subsanado lo referente a los domicilios de las víctimas, le perjudicó en poder gozar de uno de los beneficios del procedimiento abreviado, agravando su situación jurídica, en cuanto a su alimentación, salud y trabajo, siendo que tiene abierta esa posibilidad al haber incurrido por vez primera en este tipo de hechos.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre el debido proceso y la protección que brinda la acción de libertad
- III.3. El caso concreto con referencia a la alegada vulneración del debido proceso
- ordenar la tutela
- APROBAR