SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1961/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1961/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

a)

Hirma Muñoz Colque, Jueza Primera de Instrucción Mixta de Montero del Distrito Judicial de Santa Cruz, en audiencia como en el informe escrito cursante a fs. 125 a 126 vta. puntualizó: a) Por oficio 379/2010 de 26 de octubre, conminó al representante del Ministerio Público a presentar cualquier acto conclusivo, en tal razón el Fiscal requirió una salida alternativa al juicio oral, que la rechazó por considerar que existe incongruencia entre el delito imputado de tráfico de sustancias controladas, que es de “Lesa Humanidad”; y el criterio de oportunidad procede en delitos de escasa relevancia social, exigiéndole presente otro acto conclusivo acorde a procedimiento; b) La defensa no probó fehacientemente la recusación, razón por la cual las rechazó in limine” mediante Auto de 27 de diciembre de 2010; por lo tanto, no correspondía remitir el expediente al tribunal superior, si no más bien seguir conociendo la causa, situación que provocó que la accionante presente en su contra denuncia por faltas graves y retardación de justicia en la Unidad de Régimen Disciplinario (URD) del Consejo de la Judicatura; c) Las recusaciones en etapa preparatoria deben operar dentro de los diez días de haber asumido el juez conocimiento de la causa; d) Las fotocopias legalizadas, solicitadas el 5 de enero de 2011, fueron providenciadas y ordenadas ese mismo día. Por lo expuesto, solicitó se declare la “improcedencia” de la acción de libertad.