APROBAR
Argumento con el cual, el suscrito Magistrado considera que el Tribunal Constitucional debió APROBAR la Resolución emitida por el Tribunal de garantías que CONCEDIÓ la tutela solicitada por la accionante que es la víctima y querellante, con el argumento de que la denuncia, querella e imputación tienen un valor jurídico, y que la prescripción de la acción sólo se da cuando no se ha realizado reclamo alguno.
- I. ANTECEDENTES
- II.1. En cuanto a los argumentos de la SC 2274/2010-R de 19 de noviembre
- II.2. Aspectos que debieron ser considerados en el análisis de fondo de la problemática planteada
- cabe remitirse a la fundamentación del voto disidente a la SC 2040/2010-R de 9 de noviembre, que fuera efectuada por este Despacho, el 1 de febrero de 2011
- Esa manifestación de voluntad de las personas, sean físicas o jurídicas -según sea el caso- de activar el aparato procesal, es una decisión asumida a través de la denuncia o querella, dentro de los plazos fijados por el art. 29 del CPP
- El derecho de acceso a la justicia de la víctima, en el ámbito penal y procesal penal, implica el poder acudir ante las autoridades, no sólo judiciales, sino también administrativas, policiales o fiscales, tendientes a hacer conocer un hecho delictivo, endilgar al autor o partícipes, a objeto de que se investigue, procese, y se sancione al culpable, como también que se ejecute el fallo,
- La prescripción de la acción penal es un medio de defensa del imputado:
- Interrupción del término de la prescripción”
- se convierte en una ventaja más para el imputado, de pedir la prescripción de la acción penal, la extinción de la acción penal por duración de la etapa preparatoria y la extinción de la acción penal por duración del proceso penal en sí
- el quitar el valor y efecto jurídico de la querella o denuncia respecto a la prescripción de la acción, significa que
- no es posible
- interpretación a contrario censu, y la finalidad desde la vertiente constitucional
- se debió ingresar al análisis de fondo y efectuar un cambio al entendimiento jurisprudencial
- APROBAR
