AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2011-RCA
Fecha: 14-Feb-2011
II.3. Análisis del caso enviado en revisión
En ese sentido de la revisión de los argumentos esgrimidos en la presente acción de amparo constitucional, se evidencia que el accionante no cumplió con los requisitos de contenido descritos precedentemente; por cuanto se limitó a realizar una narración cronológica de los hechos y antecedentes del proceso disciplinario iniciado en su contra, cuestionando las actuaciones de los miembros del Tribunal Disciplinario tanto Departamental como Superior, argumentando que no valoraron debidamente la prueba aportada, indicando que se vulneró su derecho a un debido proceso, pero sin indicar cuáles fueron de forma concreta dichas vulneraciones, o en el caso de la alegada violación al derecho a la defensa no se explicó, y mucho menos demostró, en qué momento procesal el accionante no pudo hacer uso efectivo de este derecho.
Agrega también que las autoridades demandadas al dictar las Resoluciones impugnadas, han vulnerado sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa, al “debido proceso” y el principio de legalidad, en su perjuicio; empero, no realiza ninguna fundamentación orientada a demostrar que las autoridades demandadas en su labor interpretativa no hubiesen dado aplicación correcta del ordenamiento jurídico.
Finalmente, en la exposición de los derechos o garantías supuestamente vulnerados, no se establece de qué forma concreta se han transgredido esos derechos, limitándose a hacer una simple declaración normativa y jurisprudencial de los mismos, al margen de ello omite señalar con claridad el por qué las Resoluciones impugnadas son arbitrarias; falta de causalidad que se refleja en el petitorio del accionante, lo que se pide la anulación de todo el proceso disciplinario seguido en su contra, solicitud que desconoce la naturaleza y los alcances de la jurisdicción constitucional; concluyéndose que en la interposición de la presente acción de amparo constitucional no se observaron los requisito de contenido desarrollados precedentemente.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.3. Petitorio
- rechazó in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- requisitos de contenido son los establecidos en el art. 97.III, IV y VI de la LTC,
- Improcedencia de la acción de amparo constitucional por la ausencia de los requisitos de contenido
- Exposición clara y precisa de los hechos (art. 97.III de la LTC)
- 1)
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR,