AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2011-RCA

Fecha: 14-Feb-2011

Improcedencia de la acción de amparo constitucional por la ausencia de los requisitos de contenido

El art. 97 de la LTC en forma taxativa, ha establecido los requisitos de forma y contenido que deben observarse inexcusablemente en la presentación de toda acción de esta naturaleza, dando lugar su omisión al rechazo del mismo. De ahí que resulta conveniente puntualizar la relevancia procesal que tienen los requisitos de contenido, referidos en el art. 97 de Ley del Tribunal Constitucional, y concretamente el numeral VI. sobre la precisión del amparo que se solicita.