AUTO CONSTITUCIONAL 039/2011-RCA
Fecha: 07-Feb-2011
I.3. Petitorio
Solicita se admita y conceda el amparo constitucional ordenándose el cumplimiento y aplicación adecuada conforme a ley del fallo emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, ratificada por la Corte Suprema de Justicia, “…disponiendo que el SENASIR, en cumplimiento a las leyes en actual vigencia, emita nueva resolución complementaria, cancelando los meses no contemplados en la Resolución Nº 005719, de 14 de mayo de 2008, de Otorgación de renta de Viudedad y que deben ser desde la fecha del fallecimiento del Esposo…” (sic); es decir, a partir del 25 de mayo de 2001, con costas; por consiguiente, anule la Resolución 1212/08 de “14” de noviembre de 2008, así como la nota CITE: SENASIR C.R.R. 916/08, de comunicación de la negativa al recurso de apelación planteado.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedente in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2.
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de procedencia y admisibilidad
- APROBAR