Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 044/2011-RCA
Fecha: 14-Feb-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución de 3 de agosto de 2009, cursante de fs. 120 a 121, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y, en consecuencia, declarar la IMPROCEDENCIA de la acción.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- II.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR