Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 076/2011-RCA
Fecha: 28-Feb-2011
Fragmento 1
En revisión de la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Juan Humberto Chavarría Irusta en representación de Celia Suárez Vda. de Quiroga contra Ricardo Alarcón Pozo, Vocal de la Sala Civil Tercera de la Corte Superior y Rosario Sánchez Sánchez, Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial, ambos del Distrito Judicial de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 7
- requisitos de contenido son los establecidos en el art. 97.III, IV y VI del art. 97,
- II.2.1. Rechazo in límine de la acción de amparo constitucional por la ausencia de los requisitos de contenido
- “…Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirven de fundamento
- 1)
- …Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APRO