SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante afirma que se vulneró su derecho a la libertad de locomoción, porque habiendo sido herido con arma de fuego el 8 de marzo de 2009, el 9 del mismo mes y año, fue aprehendido y detenido por funcionarios de la UTOP, que lo trasladaron a la ciudad de La Paz e internaron en la sala de traumatología del Hospital de Clínicas, donde bajo custodia policial dispuesta por el demandado, permaneció en calidad de detenido desde esa fecha hasta la interposición de la presente acción, sin que se le exhiba orden de aprehensión, por lo que, pese a que fue dado de alta, no puede retornar libremente a su hogar. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- 10 de marzo de 2009 hasta el 20 del mismo mes y año
- APROBAR