SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

a)

La abogada de la accionante ratificó y reiteró los extremos de su demanda, especificando lo siguiente: a) No existe ninguna sentencia condenatoria que hubiera resuelto su situación procesal, habiendo transcurrido más de tres años; y, b) El art. 133 del CPP, establece que todo proceso tendrá una duración máxima de tres años; sin embargo, desde que llegó su caso al Tribunal Quinto de Sentencia no se pronunció siendo que esas autoridades, incumplieron con los plazos procesales.