SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0052/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0052/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

1)

Gonzalo Garvizú Córdova y Juan Carlos Aparicio, funcionarios policiales asignados a la FELCC de la ciudad de El Alto, en el informe presentado en audiencia, señalaron: 1) Cursa en el cuaderno de investigaciones una denuncia presentada por Ronald Abaad Callejas Campos contra Carmen Aguirre Portal, siendo evidente que en la fecha señalada a horas 15:45, luego de la conclusión de un acto judicial, los funcionarios policiales demandados intervienen para reforzar la conducta y el escándalo que estaba siendo protagonizado por las partes, por lo que no es cierto la persecución por parte la FELCC aducida por la accionante, más, cuando fue arrestada y no así detenida; 2) Los funcionarios policiales intervinieron con la finalidad de identificar e individualizar a la responsable del supuesto hecho denunciado, conduciendo a la accionante a la FELCC; y posteriormente, ante la Fiscal de Materia y la autoridad jurisdiccional, por lo que en ningún momento se vulneró los derechos y garantías constitucionales de la accionante, al contrario se actuó en aplicación de los arts. 74, 225 y 251 del CPP; y, 3) Actualmente la accionante no se encuentra indebidamente perseguida o privada de su libertad, pues como manifestó su abogado se encuentra en libertad; por lo tanto, solicitan se declare improcedente la presente acción.