Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 del 1 de septiembre de 2010, que modifica el art.4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución de 17 de marzo de 2009, cursante a fs. 9 y vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2.Informe del funcionario policial demandado
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- Fragmento 6
- III.1.
- Fragmento 8
- III.2.
- “otros señores me han detenido no era el cabo Romer Suarez, pero llamaron a el porque era el encargado del caso”
- APROBAR