Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.3.
II.3. Una vez llevada a cabo la audiencia para considerar la solicitud de cesación a la detención preventiva, ésta mereció el Auto de 10 de marzo de 2009, que rechazó la solicitud con el argumento de que el accionante no logró enervar el riesgo procesal de fuga y de obstaculización, Resolución que fue impugnada a través de una apelación incidental (fs. 5 a 14).