Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0124/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.2.
II.2. A fs. 20, cursa el acta de denuncia verbal de 9 de abril de 2009, realizada por Elena Gutiérrez Nava contra el accionante, por la supuesta comisión del delito de estelionato. Posteriormente el Fiscal de Materia, Héctor Douglas Roca, demandado, informó del inicio de las investigaciones al Juez de Instrucción en lo Penal de turno, el 10 del mismo mes y año; informe que fue recibido por la Secretaria Abogada del Juzgado Segundo de Instrucción del Distrito Judicial de Beni a horas 18:00 de ese día (fs. 17).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionarios demandados
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- efectivos y oportunos de defensa
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR