SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0143/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
1)
Por otra parte el Fiscal de Materia, Víctor Manuel Caba Tapia en suplencia del Fiscal de Materia, Aldo Ortiz Troche, mediante informe escrito cursante de fs. 24 a 25, manifestó lo siguiente: 1) No se emitió requerimiento conclusivo toda vez que el proceso sigue vigente por la ampliación de la imputación; 2) De la revisión del cuaderno investigativo se evidencia que no existe conminatoria dentro del proceso; 3) La extinción de la acción no opera de hecho sino debe ser declarado por autoridad competente; y, 4) El 29 de enero de 2009, se llevó a cabo la audiencia de cesación de la detención preventiva de Jaime Orlando Gonzáles Rojas, en la que se dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva conforme lo establecido en el art. 240 CPP.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- empero la existencia de esta garantía constitucional, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus, actualmente acción de libertad
- se ha establecido que ante problemáticas en las que se denuncia procesamiento y detención indebidos por no haberse declarado la extinción de la etapa preparatoria por el transcurso del plazo máximo de la etapa preparatoria, su análisis no puede efectuarse a través del hábeas corpus al constituir una problemática que no se encuentra directamente vinculada con el derecho a la libertad de locomoción por no operar como causa de su restricción, y que al ser un extremo que se encuentra vinculado con la garantía del debido proceso, la parte afectada puede acudir ante la jurisdicción constitucional con la interposición del recurso de amparo constitucional una vez agotados los medios y recursos reconocidos en la jurisdicción ordinaria…”
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR