SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0159/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0159/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

II.1.

II.1.  Se evidencia en el expediente que la dirección Nacional del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP), informó la inexistencia de antecedente penal en cuanto a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso pronunciada en contra del representado por el accionante, emitido el 30 de abril de 2007 (fs. 3), así como un certificado de permanencia y conducta, de 14 de mayo del citado año, que demuestra la estadía del representado del accionante en el penal de “San Pedro” de la ciudad de La Paz, desde el 23 de agosto de 2005, documento que cuenta con el visto bueno del Director del Recinto Penitenciario aludido (fs. 4).