Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 084/2011-RCA
Fecha: 10-Mar-2011
Fragmento 1
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Hernán Tapia Balboa y Juana Mollo Quispe contra Ricardo Alarcón Pozo, Javier Percy Bravo, Vocales de la Sala Civil Tercera de la Corte Superior; y Reynaldo Fernández Calvo, Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, todos del Distrito Judicial de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazó
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad del recurso de amparo constitucional
- a) Exposición con precisión y claridad de los hechos
- c) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preserva o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.
- III.3.2.En cuanto a los requisitos de forma, previstos por los parágrafos I, II y V del art. 97 de la LTC