AUTO CONSTITUCIONAL 121/2011-RCA
Fecha: 28-Mar-2011
II.3. Análisis del caso enviado en revisión
En la presente acción de amparo constitucional, el accionante manifiesta que dentro del proceso penal instaurado en su contra por Roberto Rojas Vela por estafa y estelionato, presentó excepción de prescripción que fue resuelta por la Jueza demandada por Resolución 351/2009, rechazando la excepción, argumentando que los efectos de ambos delitos eran permanentes, solicitando por ello la complementación y enmienda que fue declarada no ha lugar. En vía de apelación incidental la Resolución 351/2009, fue confirmada por los Vocales codemandados por Auto de Vista 282/2009, sin efectuar fundamentación alguna, limitándose a realizar una copia de la SC 0101/2006-R, la que lejos de sustentar su decisión otorga plena razón a la petición de prescripción, ante lo cual presentó explicación, complementación y enmienda, que fue declarada no ha lugar por Auto de Vista de 13 de noviembre de 2009, dando a entender que los efectos de un delito marcan o tienen incidencia en el inicio del término de la prescripción, cuando el art. 30 del CPP, señala que el momento inicial que da origen al cómputo de la prescripción es aquel en que ocurriría la consumación del delito y no otro, cual insistió la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz. Acudiendo por ello el accionante a la vía constitucional en resguardo de sus derechos.
En consecuencia, revisados los antecedentes de la acción de amparo constitucional, se constata que no existen causales de improcedencia reglada que ameriten declarar la improcedencia de la presente acción, circunstancia que permite el análisis de los requisitos de admisibilidad establecidos en el art. 97 de la LTC.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.3. Petitorio
- rechazo in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 7
- que ante la ausencia de los requisitos de contenido corresponde el rechazo in límine
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- Fragmento 10
- Fragmento 11