SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0177/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por Resolución 27/2004 de 7 de mayo, la jueza Julia Parra, los sentenció a tres años y seis meses de privación de libertad, como consecuencia de un proceso penal seguido en su contra por el delito de despojo, habiéndose desarrollado de manera irregular e injusta, basándose únicamente en un documento falso inscrito en Derechos Reales (DD.RR.), sobre el que incluso se sustanció un proceso de nulidad de documento culminando con la sentencia que ordenó su nulidad, debido a que los demandantes son falsificadores, loteadores y no tenían los documentos originales de la propiedad en litigio, habiendo presentado únicamente fotocopias.
Finalizan señalando que, la autoridad jurisdiccional demandada ordenó la emisión del “mandamiento de detención”, con facultad de allanamiento y habilitación de horas extraordinarias, teniendo dicha autoridad conocimiento que la aludida Sentencia está en Sucre para su revisión extraordinaria y que en mérito a ello solicitaron la suspensión de la ejecución de mandamiento de condena.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el procesamiento indebido, la persecución ilegal y la protección que brinda la acción de libertad
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR