Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0243/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
II.5.
II.5. Por certificación de ingreso, permanencia y conducta emitida por la Directora del Centro de Rehabilitación de Mujeres "Palmasola", se evidencia que la accionante ingresó a dicho recinto, el 17 de septiembre de 2002, con mandamiento de detención preventiva; cursando en su expediente mandamiento de condena de treinta años de presidio sin derecho a indulto librado el 24 de enero de 2004, siendo su permanencia hasta ese momento de seis años, seis meses y veintisiete días (fs. 154).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- "improcedente"
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el debido proceso
- III.2. Necesidad de demostrar el estado absoluto de indefensión
- III.3. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR