SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0298/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0298/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

4)

4)  En cuanto a la seguridad jurídica, el Ministerio Público, precisamente asumió su rol bajo el principio de objetividad en resguardo de los derechos fundamentales de las partes, de esta forma mal podría interpretarse que la Resolución 167, constituye un perjuicio por capricho, torpeza o mala voluntad.