Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 132/2011-RCA
Fecha: 04-Abr-2011
II.2. Análisis del caso concreto
Las accionantes alegan que antes del cumplimiento de sus contratos a plazo fijo; vale decir, antes del 31 de diciembre de 2009, informaron su estado de gravidez y solicitaron sus beneficios de inamovilidad laboral y seguro social; sin embargo, fueron destituidas infringiendo el art. 1 de la Ley 975 y sus derechos a la vida, a la salud, a la petición, al seguro social, al trabajo y a la inamovilidad laboral de la mujer embarazada; por tal razón interponen la presente acción y solicitan que la jurisdicción constitucional, disponga la reincorporación a sus fuentes laborales, el pago de los salarios devengados, su re-afiliación al seguro social de salud y subsidio prenatal retroactivo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedente in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal constitucional
- II.2. Análisis del caso concreto
- DS 0496 de 1 de mayo de 2010
- 13 de abril de 2010; y el 17 de mayo de ese año
- Sobre la identificación y domicilio de los demandados:
- Sobre los derechos que considera vulnerados:
- Sobre la causa de pedir de la acción: