AUTO CONSTITUCIONAL 143/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 143/2011-RCA

Fecha: 19-Abr-2011

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 25 de junio de 2010, cursante de fs. 48 a 50 vta., la accionante asevera que trabajó en el Viceministerio de Culturas durante dieciséis años y que el 15 de enero de 2007, el entonces Ministro de Educación y Culturas, Félix Patzi Paco, le cursó memorándum D.M. 204, agradeciéndole por los servicios prestados a la institución, con el argumento de que habría pasado a la jubilación según reporte del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), por lo que al ser incorrectos los datos consignados, esta fue recurrida ante la ex Superintendencia de Servicio Civil, instancia que mediante Resolución SSC/IRJ/AI-014/2007 de 28 de mayo, dio curso a su solicitud, recomendando a la Ministra de Educación y Culturas disponer su retorno a dicha entidad a objeto de que ésta cumpla con los presupuestos legales para acogerse a la jubilación.

Indica también que, ante el incumplimiento de dicha Resolución, se vio obligada a presentar una serie de notas al Ministerio de Educación y Culturas, habiendo merecido respuesta a su memorial de 26 de febrero de 2008, mediante cite: DGAJ 1168/08 de 27 de mayo de ese mismo año; indicándole que “…la recomendación emitida por la Superintendencia del Servicio Civil no puede ser efectivizada a la fecha, ya que el Ministerio de Educación y Culturas no cuenta con ítem correspondiente a su cargo, en consecuencia tendremos a bien informar a su persona en forma oportuna cuando exista esa posibilidad de cumplimiento” (sic).

Agrega que, el 15 de enero de 2009, se dirigió nuevamente a la Superintendencia de Servicio Civil, órgano regulador que emitió la nota SSC/IRJ-0166/2009 de 22 de enero, con el tenor de “A fin de atender la solicitud aludida, esta Superintendencia, mediante nota SSC/IRJ-0167/2009 de 22 de enero, solicitó al Ministro de Educación y Culturas (…) que instruya la remisión de un informe circunstanciado respecto a las gestiones realizadas a la fecha, por esa Cartera de Estado, en procura de cumplir la recomendación que fuera emitida por el referido fallo administrativo” (sic), contestando al efecto el Ministerio de Educación a través del Técnico de Registro y Control de Personal, de la existencia de doce acefalías con las cuales se podría dar cumplimiento a la Resolución de la Superintendencia; sin embargo, en la parte final nuevamente se menciona que dichas acefalías no se adecuan a su perfil específico.

Concluye indicando que en febrero de 2009, el Viceministerio de Culturas pasó a convertirse en el Ministerio de Culturas, aspecto que no debió haber afectado en nada su situación, pero si en los hechos, ya que al presentarse ante esa instancia se le mencionó que nada tenían que ver con lo dispuesto por el Ministerio de Educación y viceversa, circunstancia refrendada con la presentación de las notas dirigidas al ex y a la actual Ministra de Culturas, Pablo Goux y Zulma Yugar, respectivamente, bajo cuya responsabilidad se encuentra el cumplimiento de la recomendación emergente de la ex Superintendencia del Servicio Civil.