AUTO CONSTITUCIONAL 155/2011-RCA
Fecha: 28-Abr-2011
17 de septiembre de 2009
Conforme se extrae de la diligencia de notificación, solicitada a la Jueza Quinta de Instrucción en lo Civil del Distrito Judicial de La Paz, mediante AC 0036/2011-CA de 25 de marzo; el Auto de Vista 494/2009, se notificó a la ahora accionante Susana Pérez Reynaga en representación legal de Rosario Reynaga Vásquez, el 17 de septiembre de 2009, notificación cursante a fs. 281; en consecuencia, a partir de dicha diligencia de comunicación, hasta la interposición de la presente acción de amparo constitucional, el 23 de abril de 2010, la accionante dejó transcurrir siete meses y seis días para su presentación, habiendo caducado su derecho a activar la jurisdicción constitucional; consecuentemente, es de observancia y aplicación el contenido del Fundamento Jurídico II.2 del presente fallo, considerando que el Auto 128/2009, impugnado vía amparo constitucional, únicamente era objeto de apelación y agotado dicho recurso, con el pronunciamiento del Auto de Vista 494/2009, correspondía a la accionante, observar el plazo de seis meses a partir de su notificación con el mismo, para acudir a la acción tutelar.