AUTO CONSTITUCIONAL 156/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 156/2011-RCA

Fecha: 29-Abr-2011

II.3. Análisis del caso enviado en revisión

         En el caso de autos, el accionante a nombre de la CNS, señala que después de haber asumido conocimiento de la RM 823/09 (fs. 8 y vta.), emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, interpuso recurso de revocatoria (fs. 4 a 6), mismo que al ser rechazado por el Ministro demandado a través de la RM 0962/09 (fs. 17 a 18), interpuso la parte accionante recurso jerárquico (fs. 20 a 22), el 22 de diciembre del mismo año, que conforme se menciona en el memorial de demanda, fue resuelto mediante RA 006/”10”, confirmando en todas sus partes la RM 0962/09, aspecto que no pudo ser verificado por cuanto no cursa en antecedentes dicha Resolución; empero, considerando  lo expuesto y tomando en cuenta la fecha de emisión de la Resolución, se infiere que la presente acción fue presentada dentro del plazo establecido en el art. 129.II de la CPE.

         Ahora bien, al haberse interpuesto los recursos de revocatoria y jerárquico, para restablecer los supuestos derechos vulnerados, se ha agotado la vía administrativa de reclamo que tenía a su alcance la parte accionante, por ende al no constatarse causales de improcedencia, se ingresa a efectuar el análisis de los requisitos de contenido.