Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0380/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
1)
El demandado en audiencia señaló: 1) Se ratifica con todo lo actuado en el cuaderno de control jurisdiccional; 2) Actuó con imparcialidad en todo lo tramitado, estando la imputada debidamente procesada y la madre de la menor ha estado presente en todas las actuaciones procesales que se desarrollaron; 3) Para los menores que no tienen progenitores es ineludible la participación del SEDEGES; 4) No procede la nulidad de aquellos actos que han sido convalidados y cuando las partes no hayan solicitado oportunamente su subsanación, habiéndose formulado extemporáneamente el incidente de nulidad.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la participación y defensa de los imputados mayores de 16 y menores de 18 años
- el legislador ha establecido como un requisito de validez, la participación de los padres del menor, su tutor o del representante estatal de protección del menor en el proceso, como una forma de protección efectiva al menor, de manera tal que esas personas o autoridades, asuman en forma amplia defensa a favor del menor imputado'”
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR