Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0507/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante ratificó íntegramente los términos de su acción, señalando en audiencia que, el 2 de agosto de 2009 fue a pasear con su enamorada por la pista, lugar en el que tuvieron unas palabras de celos, terminaron su relación y al regresar al pueblo ella saltó de la moto, luego llegó la policía y le detuvieron y a ella la llevaron al hospital, estuvo detenido por cinco horas, salió de la cárcel y se fue a San Buena Aventura en busca de plata; se presentó a la policía de dicha localidad el 4 de agosto de 2009, ahoras 9:30, fue trasladado a Ixiamas y quedó detenido del 7 al 9 del mismo mes y año, luego fue trasladado a Caranavi y nuevamente a Ixiamas.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria”
- frente a otros mecanismos ineficaces
- efectivos y oportunos de defensa
- II.
- IV.
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR