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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0555/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0555/2011-R

    Fecha: 29-Abr-2011

    2º

    2º En caso de que no se hubiera ya fijado un acuerdo o acudido a la vía legal para el pago de lo adeudado, se dispone que la accionante procure el medio de pago, beneficios o exención si corresponde, por cuanto la acción de libertad si bien restaura el derecho vulnerado, no exime la responsabilidad contraída con la persona o entidad demandada.

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 5
    • III.2. Sobre la legitimación pasiva
    • III.3. Sobre la retención de pacientes en recintos hospitalarios públicos y privados
    • III.4. Presupuestos para la procedencia de la acción de libertad
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 10
    • ordenar la tutela
    • 2º

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