AUTO CONSTITUCIONAL 180/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 180/2011-RCA

Fecha: 24-May-2011

Ordenar al Tribunal de garantías, conceda el plazo de cuarenta y ocho horas para que el accionante subsane la acción en cuanto a la legitimación pasiva; una vez cumplida la observación y subsanada la omisión del funcionario responsable de la legalización de la documental adjunta, ADMITA la acción tutelar intentada e imprima el trámite respectivo hasta resolver en audiencia pública la problemática formulada, concediendo o denegando la tutela solicitada, según corresponda en derecho.