Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 180/2011-RCA
Fecha: 24-May-2011
I.4. Resolución del Tribunal de garantías
La Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por providencia de 30 de octubre de 2010, cursante a fs. 402, observó la acción en cuanto a la forma y de acuerdo a lo previsto por el art. 97.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), ordenó al accionante cumplir con el art. 1311 del CC con relación a la documental adjunta, adhiriendo “el timbre de ley en cada hoja, en cumplimiento del inc. 10) del Art. Tercero del Capítulo III de la resolución del Senado Nacional 106/03-04, en el plazo establecido por el art. 98 de la citada LTC, bajo conminatoria de rechazo” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal constitucional
- II.2.1. Sobre el argumento del Tribunal de garantías
- Sobre la personería:
- Sobre la identificación y domicilio de los demandados:
- Sobre la prueba en la que fundan su pretensión:
- Sobre la identificación de terceros interesados
- Sobre los derechos que consideran vulnerados:
- Sobre la causa de pedir de la acción:
- 2º