Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0662/2011-R
Fecha: 16-May-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Mediante memorial presentado el 23 de noviembre de 2009, cursante de fs. 2 a vta., el accionante alega que, desde agosto de 2009, se encuentra privado de libertad en el penal de San Antonio, debido a un proceso de asistencia familiar irregular, que fue seguido en su contra por Margo Roxana Torrez Rueda.
Indica que, la notificación con la conminatoria de pago de la asistencia familiar debe ser personal y no en Secretaría del Juzgado, extremo que no se dio en su caso, ya que no fue notificado personal ni legalmente “sino que de oficio” (sic), expidiéndose “edictos ilegibles” (sic), que apenas publicados dieron lugar a su aprehensión.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 8
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR