Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2011-R
Fecha: 16-May-2011
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
En audiencia Fernando Torrelio Espinoza, Presidente del Tribunal Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, informó que, la Resolución que concedió la cesación de la detención preventiva fue apelada por el acusador particular; y una vez dictada la Resolución ahora impugnada, no se ha presentado ninguna solicitud de parte del hoy accionante, incluso se señaló audiencia de juicio oral para el mismo día de la acción de libertad, a la que el imputado no se presentó.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- efectivos y oportunos de defensa
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
- III.3. El caso concreto analizado
- APROBAR