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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0805/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0805/2011-R

    Fecha: 30-May-2011

    II.1.

    II.1.  El accionante, alega que el 28 de noviembre de 2009, entre horas 16:00 y 16:30 fue interceptado por dos funcionarios policiales, Ricardo Raúl Cadima Coca y Prudencio Ayala Martínez, el primero, sindicándolo del robo de su movilidad, lo obligó a subir a un vehículo, pretendiendo conducirlo a dependencias de identificación personal (fs. 4).

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • PROCEDENTE”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.   En cuanto a la finalidad y momento de la presentación de la acción de libertad, en los casos que se denuncia privación de libertad ilegal o indebida
    • la acción de libertad debe ser interpuesta mientras exista la lesión, no cuando haya cesado.
    • el 1 de diciembre de 2009
    • REVOCAR

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