SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2011-R

Fecha: 30-May-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 6 de enero de 2010, cursante de fs. 5 a 6 vta. de obrados, el accionante, en representación de su esposa, Irene Rodas Ibáñez, refiere que ésta ingreso al Hospital Universitario “Japonés” el 20 de noviembre de 2009, con el cuadro clínico de tumor encefálico y gracias a la intervención de los galenos, se logró su restablecimiento, siendo dada de alta el 31 de diciembre del citado año; sin embargo, no se les otorgó la liquidación y sólo de manera escrita se les hizo conocer sobre la deuda de Bs6576.- (seis mil quinientos setenta y seis bolivianos); suma que nunca se negaron a cancelar; pero por su situación económica y por ser personas de escasos recursos, solicitaron al Director de dicho hospital Juan Carlos Camacho, un plan de pago, el mismo que les fue negado.

Refiere también, que desde la fecha que fue dada de alta hasta la presentación del presente recurso de acción de libertad, transcurrieron cinco días de su arbitraria e ilegal detención, tomándose en cuenta que los procedimientos administrativos, dentro de una institución privada y pública, no contemplan las detenciones por deudas económicas, toda vez que la prisión por deudas fue abolida hace mucho tiempo, además que los procedimientos administrativos contemplan otros mecanismos para el cobro de deudas por servicios hospitalarias.