AUTO CONSTITUCIONAL 203/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 203/2011-RCA

Fecha: 03-Jun-2011

c)   Fijar con precisión el amparo que se solicita para preserva o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.

      Asimismo, el accionante en su petitorio, solicita se conceda el amparo constitucional y se disponga el reintegro retroactivo de su derecho al beneficio por trabajo en lugar insalubre a partir de noviembre de 1998, en tanto, se deje sin efecto las Resoluciones 0000649 de 29 de enero de 2010 y 251/10 de 20 de junio del mismo año, emitidas por la Comisión de Calificación de Rentas y la Comisión de Reclamación del SENASIR, respectivamente, así como el cumplimiento de la Resolución 0008491 de 13 de octubre de 2009 del SENASIR, pasada en autoridad de cosa juzgada y modificación de la fecha de partida de la liquidación en reintegros de mayo de 2007 por noviembre de 1998.

Por lo expuesto, se concluye que el accionante no sólo cumplió con los requisitos de contenido sino que también estableció la relación de causalidad entre los hechos denunciados que les sirve de fundamento y la lesión que se hubiera causado a los derechos fundamentales y garantías constitucionales del accionante.